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Entre 1968 y 1992 la legislación cubana que regulaba el trabajo por cuentapropia1 establecía muy poco espacio para la gestión privada. En esos años el control estatal sobre los medios de producción en Cuba había alcanzado el 93,9 %. Las inaplazables medidas adoptadas a partir de 1993 plantearon la apertura a la inversión extranjera, la descentralización del comercio exterior, el saneamiento de las finanzas internas, la captación de divisas, el fortalecimiento de la moneda nacional y la diversificación de la forma de propiedad.
En septiembre de 1993 se despenalizó el dólar y se legalizó el trabajo por cuenta propia, al poner en efecto un decreto con fecha del 13 de agosto aparecido en la Gaceta Oficial. Un año después, en octubre de 1994, se abrieron otra vez los mercados agropecuarios, industriales y artesanales, y se estableció una nueva ley de impuestos. Para el 1995 se contaba ya con las casas de cambio de moneda (CADECA); se elevaron los precios de los productos considerados no esenciales; se eliminaron ciertas gratuidades que habían sido ampliamente mostradas como fruto de un sistema social justo e igualitario; se implementó con más efectividad una política de confiscación de bienes malhabidos; se ampliaron las condiciones a la inversión extranjera y en 1998 se le dio un nuevo empuje al llamado Perfeccionamiento Empresarial.

Las condiciones de vida de muchas familias cambiaron radicalmente al ponerse en práctica el decreto ley 141 del Consejo de Estado, en septiembre de 1993, que amplió el trabajo por cuenta propia. Se creó así un marco legal para actividades productivas, que ya venían siendo realizadas, pero sin el control estatal y estrechamente vinculadas al mercado negro o informal. Con esta ley no sólo se regularon las actividades que tendrían cabida en el nuevo marco legal, sino también la forma en que contribuirían al fisco y el porcentaje de sus contribuciones.
En una primera etapa, que llegó hasta 1996 el proceso de legalización de las actividades por cuenta propia estaba regulado por políticas que llegaban desde el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el de Finanzas y Precios. A partir de 1996, con la promulgación del decreto ley 168 del Consejo de Estado, se encargó al Ministerio del Transporte la regulación de las licencias de los transportistas privados, y específicamente a la Unidad Estatal de Tráfico. En 1997 se modificó el artículo 74 de la ley 5, Ley General de la Vivienda y se estableció un nuevo marco legal para la actividad d arrendamiento, regulada por el Instituto Nacional de la Vivienda.
Fue tanto el interés con el que muchas familias acogieron la idea de sumarse al trabajo por cuenta propia que para marzo de 1996, sólo tres años después del comienzo de este proceso, más de 400.000 personas habían llenado solicitudes para lograr una licencia. Las familias de menores ingresos optaron por actividades que necesitaban de una pequeña inversión inicial, mientras que los que recibieron ayuda de parientes en el extranjero o tenían ahorros, pudieron brindar servicios y producir objetos de mayor complejidad y envergadura. Cabe notar que inicialmente el trabajo cuentapropista nació orientado a nichos de mercado que habían sido desatendidos por las empresas del estado.

El impacto social se notó inmediatamente después de la aplicación del decreto ley 141. Una verdadera explosión de cafeterías, restaurantes, timbiriches, reparadores de zapatos, poncheros, barberos, etcétera, inundaron las calles de pueblos y ciudades. Ante los deteriorados y poco variados servicios brindados por el Estado se alzó la competitividad de los pequeños negocios privados y en esa competencia la empresa estatal llevó las de perder. Miles de personas abandonaron sus puestos de trabajo y encontraron en la elaboración de alimentos, el arrendamiento de una habitación o el trabajo como transportistas la vía para salir de la estrechez y las penurias del Período Especial.
En 1993 se podía obtener licencias para 55 actividades, que se vieron aumentadas en el año 1995 cuando se autorizaron alrededor de 100 más. En el 2006, si bien se mantuvieron las autorizadas, se dejaron de emitir nuevos permisos para cerca de 37 actividades. En esos momentos no se hablaba públicamente de una prohibición, pero el hecho de estar congeladas algunas licencias ya era una señal de que el trabajo por cuenta propia no iba a experimentar un crecimiento. La intención era clara, reducir el impacto social que había alcanzado el trabajo por cuenta propia, que en la mayoría de los casos contaba con una amplia aceptación y respeto por parte de los ciudadanos.
Desde los primeros momentos comenzó a notarse también un proceso en sentido inverso: la pérdida o entrega por parte del cuentapropista de la licencia obtenida. Los principales motivos fueron la poca rentabilidad de ciertas actividades, la dura competencia –fundamentalmente en el sector de elaboración gastronómica, donde miles de paladares y cafeterías abrieron sus puertas en los primeros años-; las deudas con el fisco y los rigurosos controles económicos, sobre el origen de la materia prima y el estado higiénico sanitario de los lugares. Todos estos factores hicieron que desde 1993 y hasta 1998 se produjeran 81 638 bajas. Para el año 2002 la cifra se había hecho realmente alarmante al rondar los 300 000 cuentapropistas que no habían podido seguir ejerciendo sus actividades productivas o de servicios. (continúa...) >>
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